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2002 accidentes de trabajo graves y mortales durante el pasado año

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Accidente laboral mortal ocurrido en agosto de 2014, en Nuevo Naharros

Lucia Risueno 2015Lucía Risueño es licenciada en Psicología Social y del Trabajo: mejorar la vida de las personas en su vida laboral – PRL y está preparando su tesis doctoral sobre “La Ergonomía Laboral Preventiva: más allá de la Ley de Prevención”, es técnico superior en Prevención de Riesgos Laborales y asesor de trabajadores y empresas

[dropcap]L[/dropcap]as Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, ya tienen su Plan General de actividades preventivas para el año 2015, establecido mediante resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social el pasado 4 de mayo. Esta planificación, con sus criterios, contenidos y orden de preferencias, se efectúa periódicamente, marcada por la Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, que pueden desarrollar las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

Durante el año 2015, se considera conveniente dar continuidad a las actuaciones llevadas a cabo el año anterior y, por tanto, mantener los programas ya establecidos, si bien es necesario actualizar los sectores que constituyen el objetivo según los datos de los accidentes de trabajo en pymes y enfermedades profesionales con baja del año anterior.

De los 2002 accidentes de trabajo graves y mortales acaecidos en 2014 en nuestro país, los sectores que mayor siniestralidad han tenido son las actividades de construcción, transporte terrestre y por tuberías, la agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con estas, el comercio al por mayor y al por menor e intermediarios (excepto de vehículos de motor y motocicletas) y los servicios de comidas y bebidas.

Entre las enfermedades profesionales, aparecen sectores tan dispares como el procesado y conservación de carne, frutas y hortalizas, actividades de impresión y artes gráficas, recogida de residuos no peligrosos, comercio al por menor en establecimientos no especializados, limpieza general de edificios, artes escénicas, actividades hospitalaria, médicas y en establecimientos residenciales y servicios sociales sin alojamiento.

Entre los criterios y prioridades a aplicar, están el asesoramiento técnico a PYMES y empresas de estos sectores preferentes, pudiendo realizar visitas a las que estén asociadas, para analizar las causas que hayan podido provocar los elevados índices de siniestralidad, que procuren la corrección de las deficiencias que pudieran detectarse. También se ayudará a las empresas que hayan declarado enfermedades profesionales con baja en los sectores de actividad indicados y que hayan superado los límites de siniestralidad establecidos en el sistema de alerta del registro CEPROSS, estudiando las posibles causas de dichas enfermedades.

Por otro lado, se asesorarán a empresas con actividades en las que concurran trabajadores de varias, incluidas contratistas y subcontratistas o trabajadores autónomos, siempre que alguno de ellos se encuentre adherido a la mutua. Esta deberá asesorarles sobre los medios de coordinación existentes para la prevención de riesgos laborales.

Por último, se indica la necesidad de realizar jornadas para informar sobre las funcionalidades que ofrece el servicio “Prevención 10.es” y mostrarles su utilización, en colaboración con el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, si lo precisan.

Con esto, las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social tratarían de contribuir al descenso de las nefastas consecuencias que la falta de medidas de seguridad y salud ocasionan a las empresas y que ellas deben de poner remedio a través de la recuperación de los trabajadores afectados.

Más información en: Asesoría en Prevención de Riesgos Laborales

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